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Recuperación de Recursos de Internet

Las organizaciones que reciben los Recursos de Internet (ASN, IPv4, IPv6) asignados o distribuidos por IAR México deben cumplir con las cláusulas del Contrato de Prestación de Servicios firmado al momento de la asignación o distribución.

IAR México se reserva el derecho de revocar asignaciones o distribuciones de los recursos Internet de acuerdo a lo establecido en la sección 7 del Manual de Políticas de LACNIC (v1.6 - 13/06/2011): http://www.lacnic.net/sp/politicas/manual7-1.html

La búsqueda de recursos a recuperarse es un proceso que IAR México ejecuta contínuamente.

Cuando se cuente con evidencia que permita inferir un uso inadecuado o una no utilización de recursos asignados, IAR México puede y hará verificaciones con la organización que recibió la asignación de los recursos.

Estas son algunas evidencias que IAR México puede considerar para iniciar el proceso de recuperación de recursos:

  • Falta de visibilidad del recurso en la tabla de ruteo global.
  • Incumplimiento de las políticas de LACNIC.
  • Incumplimiento de lo estipulado en el Contrato de Prestación de Servicios o algún otro acuerdo legal entre la organización titular del recurso e IAR México.
  • Evidencia de una organización que desapareció y sus bloques no fueron transferidos.
  • Transferencias no autorizadas según lo estipulado por las políticas.

El proceso de recuperación de recursos inicia cuando IAR México cuenta con dicha evidencia, momento en que tratará de contactar a la organización y regularizar la situación.

En el caso de que una organización demuestre que está utilizando sus recursos asignados aun cuando no sean visibles en la tabla de ruteo global, esto es evidencia suficiente para desechar el proceso de recuperación de tales recursos.

En caso de que una situación no pueda ser regularizada, IAR México listará públicamente durante seis meses los recursos involucrados a recuperar. Durante este período la organización puede regularizar la situación con IAR México.

Después de este período de publicación, los recursos listados serán recuperados, por lo cual se eliminarán de las bases de datos de LACNIC y de IAR México los registros de titularidad correspondientes y se listarán públicamente los recursos que han sido recuperados para que en su caso se puedan modificar los filtros de ruteo.

Los recursos IPv4 recuperados empezarán a ser asignados cuando no se pueda realizar la primera asignación de la reserva especial de IPv4. Los recursos con mayor antigüedad de recuperación serán asignados primero. Los recursos IPv6 y ASNs recuperados no se asignarán hasta que una nueva política defina el momento indicado.

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